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Ley orgánica de las municipalidades Artículo 263 bis Provincia de Buenos Aires


Ley orgánica de las municipalidades Buenos Aires
Artículo 263 bis.

Contra las decisiones del Honorable Concejo Deliberante adoptadas con arreglo al procedimiento normado en los artículos 247 a 256, con excepción de los supuestos previstos en los artículos 248 y 255 primer párrafo, por la que se disponga la suspensión preventiva o destitución del Intendente Municipal o de cualquier Concejal, así como en el caso del artículo 254 para estos últimos, procederá la revisión judicial por la vía del conflicto que prevé el artículo 261 de la presente ley.

La promoción del conflicto suspenderá la ejecución de la medida adoptada la que no hará ejecutoria hasta la resolución definitiva del mismo o el transcurso del plazo para su interposición, el que será de cinco (5) días.



Provincia de Buenos Aires Artículo 263 bis Ley orgánica de las municipalidades
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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